ORDENANZA DE GESTIÓN Y PROTECCIÓN DEL ARBOLADO PÚBLICO URBANO DE CÁCERES
¿Sabías que desde hace un año Cáceres cuenta con una ordenanza que ayuda a gestionar y proteger al arbolado urbano? El término municipal de Cáceres cuenta con gran valor arboleo porque tenemos más de 44.852 árboles de 300 especies diferentes repartidos entre las calles, parques, jardines y espacios libres. Debido a esta gran biodiversidad, ha sido necesario crear una ordenanza que ayude a cuidar a nuestro patrimonio natural.
En esta ordenanza, además de poner en valor todo el patrimonio vegetal, nos recuerda que los árboles aportan muchos beneficios a la ciudad, como bien desde Naturalmente Cáceres difundimos en nuestras actividades o en este post.
Pero, ¿dónde se aplica esta ordenanza? En los parques y jardines urbanos, espacios libres y arbolado viario, zonas verdes públicas según se recoge en el Plan General Municipal, así como en las zonas verdes con equipamiento comunitario cuyo mantenimiento corresponda al Ayuntamiento. Además, es el servicio de parques y jardines de Cáceres quien es la responsable de la gestión y protección del arbolado, se encarga de inspeccionarlo para detectar posibles problemas, así como de regarlos en función de las necesidades hídricas de cada especie.
La poda se realizará cuando sea necesario el mantenimiento, es decir cuando las ramas sean superfluas o estén muertas, enfermas, quebradas o con riesgo de rotura. También se podrá podar cuando sea necesario para la seguridad de tráfico (por ejemplo, que no permita visibilizar un semáforo o una señal), para asegurar la accesibilidad o para evitar afecciones a los edificios y tendidos eléctricos. Siempre se realizará respetando la estructura, ritmo, etapa de desarrollo, características de la especie, los sumideros de acumulación y las defensas del árbol.
Por supuesto queda prohibida la tala de los árboles sin previa autorización y se realizará cuando el árbol esté afectado por obras de construcción, cuando suponga un factor de riego o si el ejemplar está seco o muerto. En estos casos, “se exigirá la plantación de un ejemplar por cada árbol de menos de diez años que se propone eliminar, cinco por cada árbol que tuviera entre diez y cincuenta años y diez por aquel árbol con más de cincuenta años”.
En cuanto a las normas de protección, no se permiten actos como, clavar púas, cables, apoyar escaleras, depositar residuos y líquidos nocivos en sus alcorques, zarandear o golpearlos, encender cohetes o petardos cerca, hacer fuego en sus alcorques o bajo las copas o, a nivel general, cualquier actividad que suponga un daño para los árboles.
Además de estas cuestiones, también se hablan y tratan más temas como los árboles singulares de interés local, la identificación y geolocalización, la protección del arbolado en obras.
Por último y en cuanto al régimen sancionador, se clasifican las infracciones donde se considera como muy grave talar cualquier árbol sin autorización, infringir daños o mutilaciones, introducir plantas invasoras, dañar o manipular su red de riego, encender fuego en el alcorque o en la base, entre otros ejemplos. Estas acciones suponen multas entre 1.501 hasta 3.000 euros.
También se hablan de otro tipo de sanciones, como las graves (como arrojar basura en ellos, destruir elementos de la red de riego así como la señalización sobre cualquier árbol protegido o causar heridas y cortes en las raíces) que suponen multas entre 181 y 1.500 euros. Por último se indican posibles infracciones leves como cortar o arrancar hojas, depositar excrementos en los alcorques, maltratar plantaciones recientes o atar en ellos cualquier elemento como mesas, sillas, bicicletas, escaleras,… entre otras acciones, pueden suponer multas entre los 80 y los 180 euros.
Si deseas saber más sobre esta ordenanza, puedes descargártela más abajo porque, en definitiva, ayuda a que la ciudad de Cáceres cuente con aval para proteger nuestra biodiversidad y patrimonio natural, que es de todos y todas.